miércoles, 17 de junio de 2009

Modificaciones relacionadas con emisiones televisivas


¿Qué modificaciones en los diferentes ámbitos del derecho, relacionados con emisiones televisivas deberían ser propuestas a partir de la transformación en las emisiones de la señal analógica, a la señal integralmente digital?

INTRODUCCIÓN
La base de este proceso se encuentra en la digitalización de señales de radio y televisión sobre las principales plataformas de transmisión: el cable, el satélite, la red terrestre de radiodifusión. La migración hacia la televisión digital hace posible la evolución de un modelo de radiodifusión caracterizado por una limitada cantidad de canales, servicios unidireccionales y terminales de recepción de poca inteligencia hacia un nuevo modelo caracterizado por una gran cantidad de canales, servicios interactivos y terminales inteligentes.

Sin embargo, esta migración, lejos de ser una simple transición tecnológica, exige una compleja coordinación entre los distintos sectores de la industria, fundamentalmente: programadores, fabricantes de equipos receptores y operadores de redes; así como cuantiosas inversiones tanto de la industria como del público televidente.

Además, al poner en cuestión las premisas básicas sobre las que se ha fundado el esquema de regulación analógico:

a) limitada capacidad de transmisión,

b) servicios unidireccionales y terminales pasivos,

c) una clara demarcación entre servicios de radiodifusión y los de telecomunicaciones;

La radio y televisión digital abren una serie de interrogantes sobre cómo adecuar la reglamentación del sector a los nuevos parámetros político – económicos de la industria de la radiodifusión.

En este sentido, la Conferencia Administrativa Mundial de Radio (CMR 2004) convocada por la UIT a fines de mayo de 2004, ha marcado el sendero de las Recomendaciones que tendrán un impacto en la toma de decisiones y en los países pertinentes con referencia a este trascendente tema, y por lo tanto, es importante tener una visión de lo allí planteado. En esta Conferencia, se ha dado el primer paso hacia el servicio de radiodifusión (sonora y de televisión) terrestre totalmente digital, con la definición de las bases técnicas para la planificación de este servicio en las bandas de frecuencia de 174 a 230 MHZ y 470 a 862 MHZ para los países de Europa y África, en la Región 1, y la República Islámica de Irán, en la Región 3. El marco para este servicio se adoptó antes de concluir la Conferencia Regional de Radiocomunicaciones organizada por la UIT en Ginebra.

QUE MODIFICACIONES SE PUEDEN TENER

Antes que nada se debe analizar la televisión digital terrenal en otros ordenamientos jurídicos como los de la Unón Europea,Alemania, Reino Unido y Estados Unidos.

Las infraestructuras para la emisión de televisión digital terrenal debe considerar el Regimen del Servicio Portador y la utilización de las infraestructuras.

El Régimen Jurídico de las concesionarias del servicio debe considerar el Régimen aplicable a las antiguas consecionarias y el aplicable a las nuevas concesionarias

La emisión mediante acceso condicional debe considerar la imposición de horas en abierto,la situación de las actuales cadenas nacionales, situación de las nuevas concesionarias en lo que respecta a las emisiones condicionadas, el Pay Per View, y la liciencia adicional para el Video On Demand.



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